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lunes, 2 de mayo de 2011

ESTE LUNES 2 DE MAYO

ARICA. Este lunes 02 de mayo, nos reuniremos en el Centro Ignaciano (Lincoyán con Caupolicán)a las 18:30 hrs., instancia donde estarán presente la abogada Nancy Yañez del Observatorio Indígena y Helena Olea de los Derechos Humanos, quiénes informarán sobre la situación legal de Gabriela.
(Publicado por Francisco Rivera Bustos)


A meses de la segunda sentencia de Gabriela Blas, quién fue condenada a 12 años de cárcel, las organizaciones índígenas y sociales, se están reuniendo para reivindicar los derechos vulnerados de Gabriela por medio de acciones legales y sociales, que permitan visibilizar esta situación que efecta a las mujeres.
 
 Este lunes 02 de mayo, nos reuniremos en el Centro Ignaciano (Lincoyán con Caupolicán)a las 18:30 hrs., instancia donde estarán presente la abogada Nancy Yañez del Observatorio Indígena y Helena Olea de los Derechos Humanos, quiénes informarán sobre la situación legal de Gabriela.

 Por medio de está invitación, que solicitamos hacer extensiva a todas las organizaciones que quieran apoyar, las y los esperamos este lunes para conocer en profundidad el ámbito legal y acciones que se vienen para apoyar a una hermana...... 
 
 Actualmente están participando organizaciones indígenas y sociales, quiénes se encuentran abiertas de recibir otras más.
 
 Este es el caso de Gabriela.......
 
 Apoyar a Gabriela Blas… es reivindicar y reafirmar los Derechos de las Mujeres… por ella y nosotras …no calles ni te quedes atrás..
 
 El 10 de agosto del 2010, los Jueces del Juzgado de Garantía condenaron a 12 años de cárcel a Gabriela Blas Blas, una joven de 27 años, denominada “la Pastora”, por el delito de “abandonar a un menor con causa de muerte” a su hijo de 3 años de edad. Durante la lectura de sentencia, los jueces expusieron que “Conforme a estos dichos, estos sentenciadores pueden dar por acreditada una conducta anómala (extraña) para una madre, independiente de su origen étnico,…además los jueces concluyen que se debe restar “toda verosimilitud”, es decir “credibilidad” a las versiones en su defensa respecto del extravío del menor, intentando dar una explicación de lo sucedido, presumiendo ciertos hechos e interpretando las declaraciones de la acusada en su contra. Esto es parte de la lectura de la sentencia, dictaminada el día del Juicio en el Juzgado de Garantía.
 
 Gabriela Blas Blas, proviene de la residencia comunitaria en Alcerreca, cuyo uso es temporal, mayormente se encuentran en la estancia Fondo Huaylas, donde desarrollan la ganadería camélida. Este lugar, se encuentra apartado, y no hay familias cercanas que habiten en su alrededor. La comunidad, más próxima, es Alcerreca y se encuentra distante a 7 kilómetros aproximadamente. 
 Esta mujer joven, de escolaridad básica incompleta, vivió desde su corta edad en el altiplano, sin oportunidades, mujer pobre, indígena, fue madre adolescente producto de una violación (denunciada y sobreseída) y explotada laboralmente. Residía en un lugar geográfico y cultural donde no existen los jardines infantiles, salas cuna, escuelas o alguna fuente laboral tradicional - occidental. Mujeres y hombres de pre cordillera y cordillera que se dedican a la agricultura, ganadería y al turismo. 
 Gabriela Blas, se desempeñaba como Pastora, en una localidad aislada. Perdió a su hijo, cuando desempeñaba una labor ancestral, aprendida por su familia. Mientras trabajaba, quedaron 2 llamas rezagadas del rebaño, y por ir a buscarlos, decide dejar a su hijo solo, porque el niño estaba cansado de caminar y sería más lento caminar con él en la espalda y ello alejaría más a las llamas, y con ello la posibilidad de recuperar los animales se alejaba. Si se pierden animales, son descontados de su sueldo; significaba haber trabajado 2 semanas sin sueldo. Ella evalúa el terreno y no observa peligro y se va con la certeza que su hijo no se alejará, dado su experiencia y las enseñanzas de sus padres y abuelos. Ella repite una conducta, tal como lo habían enseñado sus familiares y como muchas mujeres lo hicieron cuando desempeñaban este sacrificado trabajo.
 Después de la condena a Gabriela, muchas mujeres y hombres han sancionado socialmente el error cometido por la “Pastora”, contribuyendo en ello los Diarios locales y los medios de comunicación, justificando la pena de 12 años por el descuido de su hijo, pero independiente del delito, las condiciones en que ocurrieron los hechos han sido omitidos y se han generado nefastos comentarios para justificar una condena poco frecuente. La justicia chilena a condenado delitos atroces, condenando penas mínimas o sin privación de libertad. Recordemos el caso del menor de 3 años Borja López, quien falleció el 21 de octubre del 2010, por una presunta asfixia al interior de un vehículo. La culpable una mujer de profesión parvularia, Eugenia Riffo Tapia, de 39 años, quién fue condenada a pena remitida, con una firma de dos años en un Centro de Reinserción Social de Gendarmería, luego de olvidar al interior de un automóvil al menor. Pese a que la
 Fiscalía Centro Norte y el abogado querellante solicitaron la prisión preventiva, la jueza del tribunal, María Verónica Orozco, desestimó la petición, por considerar que se trataría solo de un cuasidelito de homicidio. Es lamentable, es terrible la situación que ocurrió, a nadie le gustaría estar en la posición tanto de la familia. Hay que hacer un análisis racional y jurídico del tema y estamos en presencia de un cuasidelito de homicidio. El pensar en una mera distracción, en un mero olvido, cuando este trabajo de transporte escolar es una conducta cotidiana de ir a buscar y dejar a los niños y llevarlos a la sala de clases. Estas son circunstancias a considerar y que permiten deducir que no nos encontramos frente a un cuasidelito, sino frente a un delito.
 La Condena de Gabriela Blas, es un castigo a todas las mujeres aymaras que trabajan junto a sus hijos/as en el campo, “trabajo” que ya nadie quiere desempeñar, producto de las altas temperaturas del altiplano. El sacrificio lo asumen mujeres aymaras, valientes, que siempre han jugado un rol fundamental en el pastoreo en el altiplano. 
 
 Nuestro país firmó el convenio 169 de la OIT, este convenio admite las aspiraciones de los pueblos a asumir el control de propias instituciones y formas de vida; de su desarrollo económico y a mantener y fortalecer sus identidades, lenguas y religiones dentro de los Estados en que viven. Asimismo, el Estado asume las implicancias que la normativa internacional indica para el reconocimiento de los derechos indígenas en el marco de los derechos de la humanidad.
 Específicamente el artículo 5 del Convenio señala:
 a) deberán reconocerse y protegerse los valores y prácticas sociales, culturales, religiosos y espirituales propios de dichos pueblos y deberá tomarse debidamente en consideración la índole de los problemas que se les plantean tanto colectiva como individualmente; 
 b) deberá respetarse la integridad de los valores, prácticas e instituciones de esos pueblos; 
 c) deberán adoptarse, con la participación y cooperación de los pueblos interesados, medidas encaminadas a allanar las dificultades que experimenten dichos pueblos al afrontar nuevas condiciones de vida y de trabajo.
 El Artículo 9 señala en su punto 1.. En la medida en que ello sea compatible con el sistema jurídico nacional y con los derechos humanos internacionalmente reconocidos, deberán respetarse los métodos a los que los pueblos interesados recurren tradicionalmente para la represión de los delitos cometidos por sus miembros. 
 2. Las autoridades y los tribunales llamados a pronunciarse sobre cuestiones penales deberán tener en cuenta las costumbres de dichos pueblos en la materia.

 Artículo 10 señala en su punto 1. Cuando se impongan sanciones penales previstas por la legislación general a miembros de dichos pueblos deberán tenerse en cuenta sus características económicas, sociales y culturales. 

 2. Deberá darse la preferencia a tipos de sanción distintos del encarcelamiento.
 Después de dar lectura a estos artículos, podemos decir: Gabriela ¿tuvo un juicio justo?
 Gabriela, ha sido discriminada, humillada y maltratada, con una historia de vida de sacrificios, violaciones, vulnerando otros derechos basados en la Convención para la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer, más conocida como CEDAW, el cual es el principal instrumento normativo internacional relativo a los derechos de las mujeres En la CEDAW se define la ‘discriminación contra la mujer’ como toda distinción, exclusión a restricción basada en el sexo que tenga por objeto o por resultado menoscabar o anular el reconocimiento, goce o ejercicio por la mujer, independientemente de su estado civil, sobre la base de la igualdad del hombre y la mujer, de los derechos humanos y las libertades fundamentales en las esferas política, económica, social, cultural y civil o en cualquier otra esfera”.
 
 La violencia ejercida a Gabriela, vulnera otro derecho ganado con la lucha de mujeres. El año 1994, cuando Chile ratifica la convención Interamericana para prevenir, sancionar y erradicar la Violencia contra la Mujer es adoptada por la Asamblea General de la Organización de los Estados Americanos el 15 de noviembre de 1996. En Belém do Pará, Brasil.
 
 Por último, el año 1995, Beijing, China, se realiza la IV Conferencia Mundial sobre la Mujer cuya plataforma de acción establece “adoptar medidas integradas para prevenir y eliminar la Violencia contra la Mujer”, donde Chile reafirma el compromiso de erradicar la violencia contra las mujeres. A 11 de años de este logro, nos encontramos con el caso de Gabriela, que es una clara muestra de la vulneración de éstos derechos.
 
 ¿Qué harán las organizaciones de Arica y Parinacota al respecto?
 
 Las organizaciones unidas demandarán a la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Con sede en San José Costa Rica, es una institución judicial autónoma de la Organización de los Estados Americanos cuyo objetivo es la aplicación e interpretación de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y de otros tratados concernientes al mismo asunto y fue establecida en 1979. Necesitamos el apoyo de las organizaciones Sociales, en especial indígenas para luchar y reivindicar los derechos.

lunes, 18 de abril de 2011

Para Gabriela

 Para juzgar debemos conocer,  para amar debemos conocer, para emitir una opinión debemos conocer. El conocimiento nos lleva a la verdad y como dicen las sagradas  escrituras "Y Conoceréis la verdad y la verdad os hará libres". Cierto Gabriela, eres tú la prisionera que entre rejas trata de adaptarse a esa nueva vida de violencia urbana, de envidias, de competencia,  de actitudes y sentimientos con los que nunca antes te encontraste. Pero sabes? Los verdaderos prisioneros son tus verdugos, los jueces y los organismos que en la oscuridad de la ignorancia han dictado una sentencia arbitraria y te declaran culpable.
Culpable tú? Culpables ellos! Los que pudiendo tratar de saber sobre ti, mujer aymara, como muchas de nosotras, se limitaron a condenarte sin  conocerte. Acaso alguno de tus verdugos sabe lo que es levantarse a la madrugada con temperaturas bajo 0 y salir sola a pastorear sus animales? Sabe alguno esconderse bajo piedras cuando los truenos y relámpagos acechan y la lluvia fría cala los huesos? Soportaría alguno vivir a más de 4000 msn. en la inmensa soledad? Culpables!  ELLOS! mujeres y  hombres que han visto  nuestra Pachamama por fotos,  que no han caminado jamás por los escenarios vastos y solitarios del territorio aymara. ELLOS! Culpables! Por juzgarte desde sus carpetas y escritorio! No vieron tu casa, no miraron tus manos curtidas por el frío y el trabajo duro, no miraron tu cara limpia y tus ojos buenos.
Culpables nosotros también que no nos atrevimos a  impedir que la injusticia siguiera su curso. Si, culpables también nosotros, por estar enmudecidos, atrapados en un sistema infame  y canallezco que nos llama a guardar compostura "porque el Estado se  encargará de todo". Y el  Estado y su sistema de Justicia  no han  estado a nuestra altura.
Mujeres y hombres aymaras, aún es tiempo de elevar las voces, sacar las palabras que lleven a que se obre con justicia con nuestra hermana. Y nunca más, NUNCA más dejemos que uno de los nuestros sea juzgado con el prisma blanco occidental, de aquellos  que, sumidos en la ignorancia y el desconocimiento  pretender imparttir justicia.  Tu eres libre Gabriela, los prisioneros son los que se han reido de  ti, los que te juzgan, los pobres jueces  y abogados que no distinguen una queñoa de la llareta. 
Cierto, hermana Gabriela,hoy tu cuerpo es prisionero, pero tu espíriitu de mujer aymara es tan libre como el cóndor que vuela en nuestro cielo andino! JALLALLA, Fuerza hermana!

lunes, 28 de febrero de 2011

La Pastora Abandonada (por Paula Vial Reynal) en The Clinic

Según datos oficiales de la Policía de Investigaciones de Chile, Carabineros de Chile y del sitio WEB www.chilenosdesaparecidos.org, en Chile anualmente se reciben unas 3000 denuncias por presuntas desgracias, de las cuales, cerca de 30 corresponden a niños menores de 7 años.
A diferencia de lo que ha ocurrido con Gabriela, en ninguno de los casos en los que niños han sufrido accidentes en sus casas, o se han extraviado de la custodia de sus padres, se ha formalizado, acusado o llevado a juicio a quienes tenían su custodia, patria potestad o guarda. Probablemente valoramos normativamente dichas situaciones, entendiendo que existe un margen de riesgo en nuestras vidas diarias que debemos soportar. Que por más trágica o injusta que nos puedan parecer estas situaciones, los accidentes y las tragedias ocurren. Sus padres no han tenido la intención de causar daños a sus hijos o abandonarlos para causarles lesiones o la muerte y al contrario han sufrido con enorme dolor su pérdida

Ver nota completa Aqui

viernes, 25 de febrero de 2011

Un juicio Justo?

Domingo Eloy, fue encontrado a 13 kms. de Caicone, donde estuvo pastoreando Gabriela. La Fiscalía "supone" en los alegatos, que la propia Gabriela, su madre, caminó ida y vuelta esa distancia para dejarlo abandonado "con intencionalidad" de provocar su muerte. Sin embargo no existen pruebas de que aquello asi ocurriera.  No hay certeza de cómo el cuerpo del pequeño Domingo Eloy llegó hasta ese lugar. Pero Gabriela fue hallada culpable de "extravío o abandono con causa de muerte" en contra de su hijo.

La parvularia Eugenia Riffo, dejó abandonado a Borja, en el auto en el que lo transportó junto  a otros 4 niños. Borja estuvo encerrado, con el cinturón de seguridad puesto, en el auto a pleno sol, durante 5 horas, mientras todo se desarrollada "normalmente" en el Parvulario donde debía llegar y donde nadie preguntó por qué no había asistido. La parvularia, en cinco horas, no recordó que estaba el niño en el auto. En circunstancias que lo trasladaba a diario. Ella está en libertad.

Parvularia Vs. Gabriela
(Aqui más detalles)

jueves, 24 de febrero de 2011

Violencia Estado en Chile contra Gabriela Blas, mujer aymara


En el contexto de una visita efectuada a la hermana aymara Gabriela Blas y a la luz de la revisión de algunos antecedentes, presentamos su historia. Una historia de exclusión y de discriminación hacia la mujer aymara.
 "Niño de ocho años fallece producto del volcamiento del vehículo que conducía su hermano de 12 años. El menor se encontraba al cuidado de su padre."
"Niño de dos años muere tras caer a canal de regadío en Peñaflor. El hecho ocurrió cuando el menor se encontraba al cuidado de su padre, mientras su mamá realizaba compras navideñas".
"Borja de tres años,  muere al interior de vehículo, después de permanecer 4 horas, con las ventanas cerradas, el cinturón de seguridad puesto y a pleno sol. Estaba al cuidado de Eugenia Riffo, educadora de párvulos, quien lo olvidó dentro del automóvil."
Los anteriores, son solo algunos de los cientos de titulares de la prensa en Chile que involucran la muerte de menores, que estaban al cuidado de adultos, sean sus padre, madre o servicio doméstico.  A excepción del primer caso, en que aún no  se ha efectuado el juicio correspondiente, los demás adultos  al cuidado de los niños fallecidos no han sido encausados como responsables ni por "negligencia culpable" , ni por "extravío con causa de muerte".
Gabriela  del Carmen Blas Blas, no ha tenido la misma  suerte de los ejemplos indicados. Esta joven aymara,  se encuentra  recluida en el penal de alta seguridad de Acha, en las cercanías de Arica, acusada de extraviar a su hijo, Domingo Eloy de 3 años y 11 meses de edad, en el invierno de 2007, quien fue encontrado muerto en un canal, hecho por el cual ha sido sentenciada a cumplir una pena de  12 años.
Gabriela,  natural de la estancia Huayllas, perteneciente a la comuna de General Lagos, en el altiplano altiplánica al extremo norte del país, recuerda con la emoción reflejada en sus pequeños ojos, parte de su infancia.  Estudió en las escuelas de los pueblos cercanos a su estancia, Ancolacane, entre los 6 y los 9 años y en Alcérreca entre los 9 y los 12 años. Por la distancia que había entre su vivienda familiar y el internado más cercano, y la falta de recursos, no siguió estudiando. Dedicada posteriormente al pastoreo y tejido, ancestral labor propia de las mujeres de la cultura aymara, a los 24 años ya tenía tres hijos.
Hoy, no sabe qué ocurrió con su hija menor, que al momento de su detención, tenía pocos meses de edad, solo recuerda que le dijeron que estaba en CONIN, pero sus familiares nunca han podido conseguir información, ella sospecha que la menor fue dada en adopción. El hijo mayor, está al cuidado de su hermana. No ha vuelto a ver a sus padres, recordando también emocionada, "mi papá nació el año 1938" .. "yo estuve de cumpleaños el 2 de febrero,  pero mi papá me contaba que yo nací el 2 de enero, pero las lluvias habían desbordado el río y no se podía llegar a Putre para inscribirme", recién me inscribieron el 5 de marzo de 1983".
 Con una dulce voz cuenta que aprendió a bordar, pero no puede recibir mucho trabajo, para no levantar los "enojos"   de sus compañeras del módulo C-6 donde se encuentra. Gabriela, como todos los aymaras, siempre tiene presente el respeto por los mayores y señala "ellas son mayores, entonces no digo nada, por respeto".  Espera ser trasladada al módulo de talleres, cuenta,  mientras acomoda con sus manos la melena mediana y su chasquilla casi infantil que oculta la mujer aymara fuerte, con experiencias que  en la sociedad occidental difícilmente serán valoradas en justicia.
 Gabriela fue detenida   el 2 de agosto  de 2007 y fue mantenida en celda de aislamiento "por considerarse un peligro para la sociedad"  hasta el 18 de enero de 2008 y en un registro inédito para la justicia chilena, pasó 927 días consecutivos en prisión preventiva, es decir, privada de libertad sin juicio ni sentencia condenatoria.  "… lo que es todo  un record a nivel nacional, NUNCA ningún imputado ha estado privado de libertad tanto tiempo sin  haberse realizado el juicio oral en su contra o sin haberse dictado sentencia condenatoria o absolutoria", señaló el abogado defensor  Victor Providel Labarca,   en la audiencia Rol interno 221-2009 de petición de sustitución de detención preventiva.
 Conocida como "La Pastora" a Gabriela se le ha negado un nombre, la dignidad y la consideración a su etnia, a la comprensión de los usos y costumbres de su cultura, donde la actividad de pastoreo es realizada históricamente por los habitantes de esta tierra, es parte de su vida e inherente al hombre y la mujer del pueblo aymara, ubicado al norte de Chile, donde en extremas condiciones, hacen patria y soberanía. En este contexto geográfico y cultural no existen  los jardines infantiles o salas cuna. Hay caseríos y poblados con una sola familia por lo que no es posible establecer redes de apoyo de cuidado de niños.  El pastoreo implica el alejamiento temporal de los menores, obligando a las madrei a dejar a los hijos en determinados espacios, mientras haya urgencias propias de la actividad.
 El Estado chileno realizó un fuerte y discutible proceso de "chilenización" , en época posterior a la anexación de estos territorios  a comienzos del siglo XX, sin embargo, no fue capaz  de presentar  otras opciones de trabajo, mejoría en la cantidad y calidad de las escuelas.   Los hombres y mujeres aymaras solo saben hacer como les enseñaron los antepasados.
Diversas organizaciones aymaras y de DD.HH se encuentran trabajando para que sea revisado el juicio verificado contra Gabriela Blas Blas, a quien se le ha negado una defensa justa, en consideración al Convenio 169, en particular el Art. 10:
1. Cuando se impongan sanciones penales previstas por la legislación general a miembros de dichos pueblos deberán tenerse en cuenta sus características económicas, sociales y culturales.
2. Deberá darse la preferencia a tipos de sanción distintos del encarcelamiento.
 El Estado chileno debe acoger el clamor de las organizaciones, atender la característica cultural de Gabriela, privada de libertad, alejada de su cultura, de sus costumbres, alejada de sus hijos, obligada a convivir con mujeres de cultura urbana, caracterizada por la violencia y la intolerancia. Sus familiares han sufrido discriminación cuando la han visitado, por no saber leer bien; ella misma ha sufrido la pérdida de sus elementos personales. El juicio contra Gabriela del Carmen Blas Blas, debe ser revisado y en justicia, esta hermana aymara debe ser puesta en libertad, junto a sus dos hijos y su familia en territorio aymara.
 Verónica Grünewald CondorI
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